El derecho de la competencia en 2024: ¿qué podemos esperar?

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Publicado el 11/04/2024 a las 08:52 am

Que haya una libre competencia y que no se manipulen los mercados está en el punto de mira de la Unión Europea. Telefonía o energía son sectores estratégicos que los países tratan de mantener lejos de las posiciones de monopolio.

Para controlar esto existe normativa que protege el derecho a la competencia, ¿Qué podemos esperar de él en 2024?.

A la espera de los efectos de la transposición realizada a finales de 2023

En diciembre de 2023 llegó una modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia con el objetivo de realizar la transposición a la normativa española de la Directiva ECN+.

Por esto, en este 2024 ya se espera empezar a ver los efectos de sus principales cambios que inciden en la conducta de las empresas y los poderes públicos de contratación.

La principal incorporación era la referente al poder investigador de los países y su colaboración con la Comisión europea para controlar y prohibir las “subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado único europeo mediante la inyección de dinero en empresas por parte de países que no sean de la Unión Europea.

Terminar de realizar la transposición del a Directiva ECN+

Igualmente, para este 2024 cabe realizar una nueva modificación en la Ley de Competencia, ya que ésta transposición realizada a finales de 2023 no fue completa.

En este sentido, es de esperar que se legisle y se adapte al derecho europeo aspectos como los referentes al procedimiento de transacción, que permitirán agilizar la tramitación de los expedientes gracias al reconocimiento por parte de los infractores de la conducta ilícita y su responsabilidad, lo que facilitará la resolución de casos de cárteles.

Igualmente, se espera introducir en la normativa de competencia una exención de minimis aplicable al umbral de volumen de negocio para determinar la concentración de empresas.,

Finalmente, cabe esperar un incremento de las sanciones máximas que puede imponer la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a los directivos, pasando de 60.000 a 400.000 euros.

¿Quién vela por todo esto?: La CNMC

En España, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es la entidad encargada de promover, defender y vigilar la competencia en el entorno empresarial para favorecer el interés de la sociedad en general, así como la detección de prácticas nocivas.

En su funcionamiento diario tiene una serie de procedimientos, entre los que destacan:

  • El programa de clemencia, por el que las empresas que aportan información o documentación relevante para la detección y prueba de un cártel pueden recibir una exención o una reducción de la sanción.
  • La imposición de sanciones a los representantes legales y directivos que hayan participado en los acuerdos anticompetitivos detectados. Así, como la prohibición de la participación de empresas sancionadas de participar en concursos públicos.
  • La posibilidad de que las víctimas de infracciones de las normas de competencia del ejercicio de acciones de responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados.
  • El acceso a canales para el ciudadano y las empresas que preservan el anonimato y la confidencialidad donde denunciar conductas lesivas contra la competencia.

Conductas ilícitas contra la competencia

Y es que son diversas las conductas que pueden tener las empresas, sobre todo las grandes, como pueden ser:

  • Acuerdos de fijación de precios o condiciones entre empresas.
  • Acuerdos y contactos entre licitadores con el fin de alterar la competencia en contratos públicos, como estos.
  • Repartos de clientes o mercados entre empresas.
  • Acuerdos entre competidores para limitar la producción y reducir el nivel competitivo del mercado.
  • Abuso de una posición de dominio de una empresa con el objetivo de expulsar a sus competidores del mercado.

El límite entre el derecho a la competencia y el abuso de posición

Aún así, en una economía de libre mercado es habitual encontrar muchos casos en los que una lucha normal de precios puede ser vista como un acuerdo entre empresas para limitar la competencia y perjudicar finalmente al consumidor.

Un ejemplo sencillo, la empresa A, B y C tienen negocios en la misma calle, los tres compiten entre sí, y en una guerra de precios comienzan a bajarlos hasta donde pueden, con o que al final los tres tienen un precio igual o similar. De cara a la sociedad puede parecer que están limitando la competencia porque tienen precios similares y ser investigados, pero justamente están haciendo lo contrario: competir.

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