Los paraísos fiscales son territorios o países que ofrecen una serie de ventajas a la hora de tributar a las empresas y a individuos que desean reducir su carga tributaria. Estas ventajas fiscales incluyen la exención o reducción de impuestos, el secreto bancario o la falta de regulación financiera, entre otros.
Los paraísos fiscales han sido objeto de controversia en todo el mundo, ya que a menudo se utilizan para ocultar activos, evadir impuestos o blanquear dinero. Estos territorios también pueden ser utilizados por las empresas multinacionales para evitar el pago de impuestos en los países en los que operan, transfiriendo sus ganancias a los paraísos fiscales.
En nuestro país, el pasado 9 de febrero se publicó la Orden HFP/115/2023, mediante la cual se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas. El objetivo de actualizar la lista de países y territorios fiscalmente censurables es combatir el fraude y la evasión fiscal, así como evitar la planificación fiscal agresiva y el blanqueo de capitales.
Esta medida busca garantizar la transparencia fiscal y la cooperación entre países, para prevenir y detectar la elusión fiscal.
En esta nueva lista se mantienen países y territorios que ya figuraban en la lista del Real Decreto 1080/1991 y, como novedad, se incorporan seis nuevos territorios, que se consideran fiscalmente censurables.
Los seis nuevos territorios que se han incorporado en la lista son Barbados, Guam, Palaos, Samoa Americana, Trinidad y Tobago y Samoa. Estos se unen a la lista que incluye a otros 18 países y territorios que ya estaban en la versión anterior, como Gibraltar o las Islas Caimán, y que han sido considerados no cooperativos en materia fiscal. España ha actualizado su lista de paraísos fiscales, en la que incluye 24 países y jurisdicciones que considera «no cooperativos».
Este mandato que como hemos citado anteriormente se ha llevado a cabo a través de la Orden HFP/115/2023. Por medio de la misma se establecen los siguientes países, territorios y regímenes fiscales perjudiciales con consideración de jurisdicciones no cooperativas:
- Anguila.
2. Bahréin.
3. Barbados.
4. Bermudas.
5. Dominica.
6. Fiji.
7. Gibraltar.
8. Guam.
9. Guernsey.
10. Isla de Man.
11. Islas Caimán.
12. Islas Malvinas.
13. Islas Marianas.
14. Islas Salomón.
15. Islas Turcas y Caicos.
16. Islas Vírgenes Británicas.
17. Islas Vírgenes de Estados Unidos de América.
18. Jersey.
19. Palaos.
20. Samoa, por lo que respecta al régimen fiscal perjudicial (offshore business).
21. Samoa Americana.
22. Seychelles.
23. Trinidad y Tobago.
24. Vanuatu.
Es importante tener en cuenta que no todos los países o territorios que ofrecen ventajas fiscales son paraísos fiscales. Algunos de ellos pueden tener regulaciones financieras más estrictas y un alto nivel de transparencia en algunas actividades concretas. Sin embargo, en general, se considera que los paraísos fiscales tienen un sistema financiero opaco y que surgen ventajas fiscales a costa de la evasión fiscal y el lavado de dinero.
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