¿Qué ingresos tienes que incluir en la declaración de la Renta?

Tabla de contenidos

Publicado el 02/04/2025 a las 05:31 pm. Última actualización el 21/10/2025 a las 11:19 am

Inicio » Asesoría » ¿Qué ingresos tienes que incluir en la declaración de la Renta?

Cuando piensas si tienes o no que hacer la declaración de la renta, muchas veces no sabes qué tipos de ingresos tienes que declarar

Algunas personas no son conscientes de que la declaración es más que simplemente poner los ingresos por su trabajo, descuidando alguna operación financiera o alguna percepción de renta que no han tenido en cuenta. De hecho, puedes consultar cualquier duda que tengas al respecto sobre qué declarar en la renta 2025 a nuestra inteligencia artificial especializada en materia fiscal completamente gratis.

Ingresos a declarar en la Renta

Los ingresos que tributan en la declaración de la Renta vienen establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Hacienda dice que tiene que tributar lo que considera “hecho imponible”, que es la obtención de renta por parte del contribuyente

Principalmente los ingresos o rentas por parte del contribuyente son los siguientes:

¿Qué se declara en la Renta según Hacienda?

Los rendimientos del trabajo

Estos ingresos proceden directamente de tu actividad laboral. Aquí se incluyen:

  • El sueldo habitual o las pagas extraordinarias.

  • Prestaciones por desempleo.

  • Pensiones públicas o privadas (jubilación, incapacidad, etc.).

  • Dietas por desplazamientos y gastos de viaje.

  • Aportaciones de la empresa a planes de pensiones.

  • Remuneraciones en especie (como el uso de coche de empresa o seguros médicos pagados por la empresa).

Son, probablemente, los ingresos más conocidos y los que primero se identifican en cualquier borrador.

Los rendimientos del capital

Aquí es importante distinguir entre:

  • Capital mobiliario: ingresos obtenidos por tener dinero invertido. Por ejemplo, intereses de cuentas bancarias, dividendos de acciones, ganancias por depósitos o beneficios por seguros de vida.

  • Capital inmobiliario: todo lo que proviene de inmuebles en propiedad que generan una renta. El ejemplo más claro es el alquiler de una vivienda, pero también entran aquí el usufructo o la cesión de uso de locales.

Estos rendimientos deben incluirse en la declaración, incluso aunque el inmueble no esté alquilado todo el año.

Los rendimientos de las actividades económicas

Si trabajas por cuenta propia, eres autónomo o tienes una pequeña empresa, este es tu apartado. La Agencia Tributaria establece dos formas de calcular lo que debes tributar:

  • Estimación directa: se declaran los ingresos reales menos los gastos deducibles. Es la forma más común en profesiones liberales y servicios.

  • Estimación objetiva (módulos): se aplica un cálculo estándar según la actividad, número de trabajadores, consumo eléctrico, etc.

Algunos gastos deducibles clave para autónomos pueden ser el alquiler del local, suministros, teléfono, vehículo si está afecto a la actividad, material de trabajo, seguros profesionales, entre otros.

Las ganancias y pérdidas patrimoniales

Aquí hablamos de las variaciones en tu patrimonio, como:

  • Venta de una vivienda.

  • Compra y venta de acciones.

  • Ganancias por participar en sorteos o concursos.

  • Inversiones en criptomonedas.

Por ejemplo, si compraste una casa hace diez años y la vendes ahora por un precio mayor, la diferencia se considera una ganancia patrimonial y tributa en la declaración. Lo mismo aplica si operas con Bitcoin o cualquier otra criptomoneda.

En Club de la Pyme, contamos con un servicio de Asesoría fiscal online para autónomos. Contáctanos y te lo explicaremos con detalle.

¿Cuándo no estás obligado a presentar la Renta?

No todas las personas están obligadas a presentar la declaración del IRPF. Todo depende del volumen y tipo de ingresos anuales. Aquí van los casos más frecuentes en los que no es obligatorio presentar la declaración:

  • Si solo has tenido un pagador y has ingresado menos de 22.000 euros brutos anuales.

  • Si has tenido más de un pagador, pero el segundo y siguientes no superan en conjunto los 1.500 euros, el límite sigue siendo 22.000 euros.

  • Si el total recibido entre todos los pagadores supera esos 1.500 euros, el límite baja a 15.000 euros anuales.

Aun así, en muchos casos puede convenir presentarla para beneficiarse de deducciones (hipoteca, maternidad, alquiler, etc.) o para recuperar retenciones.

¿Tienes dudas sobre qué declarar? Nosotros te ayudamos

Sabemos que enfrentarse a la Renta no siempre es fácil. Las normas cambian, los conceptos son complejos y cualquier error puede generar problemas con Hacienda. Por eso, en Club de la Pyme ofrecemos un servicio de asesoría fiscal online pensado para autónomos, emprendedores y pequeñas empresas.

Te ayudamos a identificar qué debes declarar, a aprovechar al máximo las deducciones disponibles y a presentar tu declaración sin errores ni sorpresas.

¿Quieres hacerlo fácil y seguro?
👉 Escríbenos y te ayudamos a declarar con tranquilidad.

 

Club de la Pyme

En el Club de la Pyme ofrecemos soluciones globales para responder a cualquier necesidad que requiera tu negocio.

Artículos Relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *