¿Qué dice la normativa de Protección de Datos?
En el Reglamento general de protección de datos europeo, en su artículo 10, respecto al tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales que:
“El tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales o medidas de seguridad conexas sobre la base del artículo 6, apartado 1, sólo podrá llevarse a cabo bajo la supervisión de las autoridades públicas o cuando lo autorice el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que establezca garantías adecuadas para los derechos y libertades de los interesados. Solo podrá llevarse un registro completo de condenas penales bajo el control de las autoridades públicas«.
Igualmente, la AEPD española ha publicado una Guía sobre protección de datos y relaciones laborales donde se establece explícitamente que:
“No es legalmente posible exigir a las personas candidatas a un puesto de trabajo un certificado de antecedentes penales, que no puede ser objeto de tratamiento salvo en aquellos supuestos excepcionales en que, autorizados por una Ley y con las debidas garantías, se contemple dicha medida”.
¿Cuándo se puede preguntar sobre antecedentes penales?
En general nunca. Pero excepcionalmente se puede preguntar a los candidatos sobre sus antecedentes penales siempre y cuando esté justificado por el tipo de trabajo que van a desempeñar.
Es decir, solo se puede preguntar si se trata de un puesto en el que se requiere un alto grado de responsabilidad, confianza o seguridad.
Por ejemplo, en el caso de puestos de trabajo en los que se manejan datos sensibles o confidenciales, o en el caso de puestos de trabajo en los que se trabaja con menores o personas vulnerables.
En cualquier caso, el candidato debe ser informado previamente de que se va a realizar la consulta, así como de los motivos por los cuales se va a realizar.
¿Qué antecedentes penales se pueden considerar?
No todos los antecedentes penales pueden ser tomados en cuenta. Solo se pueden considerar aquellos antecedentes penales que guarden relación con el puesto de trabajo en cuestión, y que no hayan sido cancelados o rehabilitados.
Es decir, si el antecedente penal no tiene relación con el puesto de trabajo, no se puede tener en cuenta en la selección del candidato.
¿Cómo se puede obtener la información sobre antecedentes penales?
Los empleadores pueden realizar la consulta de antecedentes penales a través de la Agencia Española de Protección de Datos o a través de la Policía Nacional.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que la solicitud debe estar justificada por la naturaleza del trabajo que se va a desempeñar y que la consulta solo se puede realizar con el consentimiento explícito del candidato.
¿Cómo se debe tratar la información obtenida?
Es importante señalar que los empleadores deben tratar con cuidado y confidencialidad la información obtenida de la consulta de antecedentes penales, y que solo se puede utilizar para tomar decisiones de empleo y no para otros fines.
Además, los candidatos tienen derecho a acceder a la información obtenida y a solicitar su rectificación o cancelación en caso de que la información sea inexacta o haya sido obtenida de manera ilegal.
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