En el 2020 – cómo pasa el tiempo – las empresas y las personas que dirigían las empresas se vieron obligadas a tomar decisiones drásticas. Se trataba de cambiar las cosas rápidamente para poder sobrevivir con las circunstancias de parón absoluto, y muchas – las que pudieron – apostaron por mantener parte de su actividad gracias al teletrabajo.
El teletrabajo, trabajo remoto o trabajo a distancia, son términos que usamos indistintamente para referirnos a la posibilidad de hacer el trabajo en un lugar distinto al centro de trabajo físico tradicional de la empresa.
En 2019, un 19% de trabajadores tenían autorizado el teletrabajo, en su mayoría de forma puntual; pasando a los datos actuales donde el 34,2% de las empresas de 10 o más empleados permite el teletrabajo por parte de sus trabajadores, pasando, de ser utilizado de forma aislada, a que el 18,9% de los empleados teletrabaja regularmente, con una media de 2,4 días de teletrabajo por semana.
¿Qué normativa regula el teletrabajo?
Como empresa, es una situación, que puede beneficiarte – o no – si lo utilizas de forma adecuada, por lo que es conveniente que analices tu situación y las posibilidades que te ofrece.
El teletrabajo está regulado en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, donde se fijan conceptos y se establece un primer marco regulatorio después de la pandemia COVID-19 que aceleró la forma en que todas las empresas adoptaron el teletrabajo en su gestión.
Se aclaran conceptos, entre ellos, los más básicos que debes dominar, estableciendo:
- Trabajo a distancia: trabajo que se realiza fuera de los establecimientos y centros habituales de la empresa
- Teletrabajo: una subespecie de trabajo a distancia que implica la prestación de servicios con nuevas tecnologías
Derechos y obligaciones de los trabajadores y de los empresarios.
La transformación digital vivida en los últimos años no puede ser dejada de lado, por lo que hay que tener en cuenta todas las obligaciones y derechos que se tienen desde la perspectiva del empresario y también desde el empleado.
En resumen:
- Para que se considere trabajo a distancia o teletrabajo, al menos un 30% de la jornada debe realizarse en esta modalidad, y dentro del periodo de referencia de 3 meses o el porcentaje equivalente, en función de la duración del contrato.
- El trabajo a distancia es voluntario tanto para la persona trabajadora como para la empresa, por lo que debe haber un documento firmado entre ambas partes donde se acuerde y se regule, a no ser que ya exista un convenio que lo regule.
- El teletrabajo no debe afectar a términos contractuales como condiciones pactadas, especialmente en lo relativo a la jornada y salario.
- La empresa debe hacerse cargo de los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral
Medidas a adoptar para garantizar el buen funcionamiento del teletrabajo
Para realizar un uso del teletrabajo adecuado la empresa debe establecer unas condiciones adecuadas que permitan el desempeño del trabajo y se garantice la productividad. Como prioritarias se deberían realizar las siguientes acciones:
- Incorporar herramientas y equipos adecuados a las nuevas condiciones. Igualmente, no se trata solo de dotar a los teletrabajador de dotaciones en un momento inicial sino también de mantenerlas en el tiempo.
- Establecer procesos y medios de control empresarial de la actividad, de forma que se asegure el cumplimiento de las tareas y obligaciones del trabajador. En el sentido del registro de la jornada, nada cambia.
- Configurar un conjunto de medidas de seguridad ante este nuevo marco de teletrabajo que expone, aún más, los procesos y la información de la empresa.
- Asegurar el bienestar del equipo de trabajo de forma que el teletrabajo sea visto como algo positivo por ambas partes y que no sea fuente de conflicto. Muchas empresas lo aprovechan como parte del salario emocional.
- Dar formación al personal, ya que en muchos cambios requiere de cierta adaptación tecnológica, al margen de propicia un cambio en la cultura y la organización.
- La empresa debe readaptar todos sus procesos, para que sean más eficientes aprovechándose del teletrabajo. Por más que se piense, todo no va a seguir igual.
En cualquier caso, antes de tomar cualquier decisión, se debe hacer un estudio económico donde se tengan en cuenta todas las variables económicas y analizar si compensa realizarlo, pero no solo desde el punto de vista de lo que va a tener que desembolsar sino de la reducción de costes que va a suponer para la empresa y el trabajador.