Cómo rellenar el modelo 303 de IVA en 2026 (paso a paso)

Tabla de contenidos

Publicado el 16/02/2026 a las 05:10 pm

Inicio » Asesoría » Cómo rellenar el modelo 303 de IVA en 2026 (paso a paso)

Rellenar el modelo 303 de IVA es, como cada año, una de las obligaciones más habituales para autónomos y empresas. Es un trámite sencillo, pero es fácil equivocarse (sobre todo con el IVA devengado y el deducible) y acabar con requerimientos, recargos o sanciones. La realidad es que el modelo 303 no es complicado: si sabes qué datos necesitas y qué estás declarando, lo haces en pocos minutos. En esta guía te explico cómo rellenar el modelo 303 en 2026 paso a paso, qué novedades conviene tener en el radar y cómo apoyarte en el simulador oficial para comprobar el resultado antes de presentarlo.

¿Qué es el modelo 303 y quiénes están obligados a presentarlo?

El modelo 303 es el formulario de Hacienda mediante el cual los profesionales y empresas declaran el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de forma trimestral. Refleja las operaciones sujetas a IVA realizadas durante el período correspondiente, permitiendo calcular la cantidad a ingresar o a compensar en periodos posteriores.

Este modelo están obligados a presentarlo:

  • 1T (enero–marzo): 1–20 de abril
  • 2T (abril–junio): 1–20 de julio
  • 3T (julio–septiembre): 1–20 de octubre
  • 4T (octubre–diciembre): 1–30 de enero
  • Mensual (si presentas cada mes):
  • Cada mes: 1–30 del mes siguiente
  • Enero: hasta el último día de febrero
  • Si domicilias el pago:
  • Normalmente: hasta el día 15
  • Enero: hasta el día 25

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

El modelo se presenta, en el caso de las autoliquidaciones trimestrales:

  • Del 1 al 20 del mes siguiente al período de liquidación (abril, julio, octubre).
  • Del 1 al 30 de enero se presentará la autoliquidación del cuarto trimestre.

En el caso de las autoliquidaciones mensuales, se presentará del 1 al 30 del mes siguiente al período de liquidación, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la autoliquidación correspondiente al mes de enero.

Novedades del modelo 303 para el año 2026

En 2026 hay tres puntos que merece la pena tener actualizados. Primero: existe el simulador oficial del IVA para el ejercicio 2026, el “Modelo 303. Simulador 303 (OPEN)”, que te permite introducir datos y ver si el periodo te saldría a ingresar o a compensar. No sustituye la presentación, pero es muy útil para planificar tesorería y evitar sorpresas antes de enviar el modelo definitivo. Segundo: se han adaptado los modelos 303/322/353/390 a una regulación que afecta a operaciones específicas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes vinculadas a depósito fiscal.

Para la mayoría de autónomos y pymes no cambia nada, pero si operas en ese sector puede aparecer una nueva casilla de deducción (pago a cuenta) y otros ajustes. La primera aplicación de estos cambios es en las autoliquidaciones del 2º trimestre de 2026 (o febrero 2026 si presentas mensual). Tercero: si estabas pendiente de VERIFACTU, ojo con las fechas, porque se han ampliado los plazos. La adaptación para entidades que presentan Impuesto sobre Sociedades es antes del 1 de enero de 2027, y para el resto de obligados antes del 1 de julio de 2027.

Consulta aquí las modificaciones en los modelos 303, 322, 390.

Cómo rellenar el modelo 303 de IVA

El modelo 303 se presenta en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. Vas a ver varias pantallas con casillas. Sigue este orden y no fallas:

Paso 1) Identificación del declarante

  • Entra con Certificado digital o Cl@ve
  • Revisa que estén bien: NIF y nombre/razón social
  • Selecciona el régimen de IVA que te corresponde

Paso 2) Periodo que estás declarando

  • Elige si presentas: 1T / 2T / 3T / 4T (trimestral)
  • O el mes correspondiente (si presentas mensual)

Paso 3) IVA devengado (IVA repercutido) = tus ventas

  • Aquí declaras tus facturas emitidas
  • Suma las bases imponibles de tus ventas
  • Sepáralas por tipo de IVA: 21% / 10% / 4% (u otros si aplican)
  • Con eso se calcula la cuota de IVA repercutido

Paso 4) IVA deducible (IVA soportado) = tus gastos

  • Aquí metes el IVA de gastos deducibles: compras, suministros, servicios profesionales, etc.
  • Imprescindible: factura válida y que cumpla requisitos para deducir

Paso 5) Resultado final

  • El sistema calcula la diferencia entre devengado y deducible
  • Si sale positivo: normalmente “a ingresar”
  • Si sale negativo: normalmente “a compensar” en periodos siguientes (salvo casos concretos)
  • Consejo rápido: antes de enviar, usa el Simulador 303 OPEN para comprobar que el resultado cuadra, sobre todo si este periodo has tenido un pico de ventas o una compra grande

Paso 6) Si no has tenido actividad (modelo 303 sin actividad)

  • Si no has tenido operaciones (ni ventas con IVA ni gastos con IVA deducible), lo normal es que salga todo a 0
  • Busca la opción “sin actividad” o “sin operaciones” si aparece
  • Deja el resto de importes a 0

Paso 7) Si estás corrigiendo una anterior (complementaria o rectificativa)

  • Marca la opción que corresponda
  • Indica el número de justificante de la declaración que estás corrigiendo

Si tienes dudas o necesitas información personalizada, contáctanos para asesorarte en materia fiscal para pequeñas empresas.

foto javi navarro

Apasionado por el mundo empresarial, cuento con más de 15 años de experiencia asesorando a emprendedores en la creación y desarrollo de sus negocios. Graduado en Administración y Dirección de Empresas, he ayudado a una amplia variedad de proyectos a definir sus modelos de negocio, evaluar su viabilidad y a desarrollar sus estrategias. Me encanta el aprendizaje continuo, la creatividad y el análisis crítico, lo que me permite compartir conocimientos y reflexiones en torno al mundo de los negocios.

LinkedIn

Artículos Relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

logo-asesorIA

¿Tienes dudas fiscales o laborales?

Consulta gratis con tu asesor por WhatsApp, al instante y 24/7.
Escanea el QR o haz clic aquí:

logo-asesorIA

¿Tienes dudas fiscales o laborales?

Consulta gratis con tu asesor por WhatsApp, al instante y 24/7.
Escanea el QR o haz clic aquí: