Sociedad Anónima y Sociedad Limitada
La sociedad anónima y sociedad limitada son dos de las formas de constitución de empresas, exceptuando a los autónomos, más comunes en España.
Si bien, la base es similar, ambas tienen personalidad jurídica, también tienen algunas diferencias que hacen de cada una de ellas una opción atractiva para formalizar la creación de una empresa.
Concepto de Sociedad Anónima
La Sociedad Anónima (SA) es una forma de constitución con su capital social dividido en acciones. Los propietarios de la empresa son los accionistas, que en función del número de acciones que posean tendrán más poder en las decisiones de la empresa.
La SA normalmente se utiliza para las empresas más grandes o con un número de socios elevado.
Concepto de Sociedad Limitada
En realidad la Sociedad Limitada (SL), se denomina Sociedad de Responsabilidad Limitada, y su capital social está dividido en participaciones. Después de los autónomos, es la forma de constitución más utilizada, sobre todo, para empresas pequeñas con pocos socios.
Las principales diferencias entre Sociedad Anónima y Sociedad Limitada son la siguientes:
Capital social
El capital social mínimo, en la Sociedad Anónima, es de 60.000 euros y se divide en acciones que dan derecho a voto a los accionistas. En la Sociedad Limitada, el capital social mínimo es de 3.000 euros y se divide en participaciones. Los socios tienen derecho a votar según el porcentaje que tengan de participaciones.
En cuanto a estos 3.000 euros de la Sociedades Limitadas se debe tener en cuenta que con la entrada en vigor de la Ley 18/2022 de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, en determinados supuestos se permite crear una Sociedad Limitada con un euro de capital social.
Transmisión de acciones en Sociedad Anónima y Sociedad Limitada
En la Sociedad Limitada, la transmisión y venta de participaciones está restringida a determinados supuestos, en cambio en la Sociedad Anónima, no hay límite a la venta de acciones.
Número de socios
La Sociedad Limitada puede tener un solo socio, por lo que estaríamos ante una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU), y hasta un máximo de 50 socios. En cambio la Sociedad Anónima puede tener un número ilimitado de accionistas y aunque también puede ser unipersonal con un único socio, estando ante una Sociedad Anónima Unipersonal.
Responsabilidad de los socios en la Sociedad Anónima y Sociedad Limitada
En ambos casos, tanto en la Sociedad Anónima como en la Limitada, los propietarios de las acciones o de las participaciones no están obligados a responder personalmente por las deudas de la empresa, si bien, en el caso de cometerse algún delito, si están expuestos.
Impuestos y fiscalidad
Tanto la Sociedad Anónima como la Sociedad Limitada tributan por el Impuesto de Sociedades (IS) y el Impuesto de Valor Añadido (IVA).
Las principales diferencias fiscales están en las posibles deducciones de las que se pueden beneficiar las sociedades limitadas o el poder acogerse al régimen de módulos.
Administración de la empresa
En la sociedad limitada, la administración de la empresa puede ser ejercida por uno o varios administradores elegidos por los socios, incluso pudiendo ser una persona ajena a la sociedad. En cambio, en la Sociedad anónima, el principal órgano de gestión y decisión es el consejo de administración, elegido por los accionistas.
Gestión y complejidad administrativa en la Sociedad Anónima y Sociedad Limitada
Si bien ambas sociedades deben realizar los trámites oportunos en su creación para conseguir la personalidad jurídica que las caracteriza, la gestión de una Sociedad Anónima y de sus órganos es más compleja.