Es por tanto relevante ejercer el derecho de impugnación ante una sanción o amonestación con la que no se está conforme. Sin embargo en muchas ocasiones no sabemos cómo proceder para poder realizar esa impugnación. A continuación intentaremos explicar cómo se debe realizar.
Cómo se impugna una sanción o amonestación.
El procedimiento es muy similar al de una impugnación derivada de un despido laboral. En primera instancia, cuando el trabajador es comunicado fehacientemente. Deberá de firmar la carta de amonestación, expresando su no conformidad con la misma.
Con posterioridad, deberá presentar la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación arbitraje y conciliación (SMAC) en el plazo de 20 días hábiles. Al igual que ocurre en el caso de un despido.
Además si bien, no es obligatorio, es más que recomendable acudir de la mano de un abogado laboralista, que guíe y asesore en el procedimiento, al trabajador sancionado en este proceso.
A partir de este momento, si en el SMAC no se llega a ningún acuerdo con la empresa, el trabajador sancionado podrá acudir a la vía judicial para presentar una demanda e impugnar su sanción.
Con especial relevancia si ésta, se considera conforme al convenio colectivo de aplicación, tipificada como grave o muy grave.
La importancia de realizar los trámites bajo el asesoramiento de un buen abogado laboralista. Cobra especial importancia en el momento de valorar una posible demanda. Puesto que la demanda a interponer, no puede variar el contenido descrito en la papeleta presentada ante el servicio de mediación.
Es muy importante para ello que la persona que redacte la misma, la realice de la manera correcta.
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