Cómo se calculan las vacaciones es una duda frecuente en las empresas. Es necesario, tanto para saber cuántas le corresponden a cada trabajador, como para poder saber el importe que pagar el finiquito.
En este post vamos a resolver todas las dudas sobre el cálculo de las vacaciones.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
El número de días de vacaciones de los trabajadores se establece en el Estatuto de los trabajadores o en el caso de existir en el Convenio colectivo en el que estén incluidos.
Concretamente en el ‘Artículo 38. Vacaciones anuales’ del Estatuto de los trabajadores, donde se establece que:
“El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.”
En este sentido, estos 30 días naturales es el mínimo estándar, y no pueden ser minorados, ni por los convenios ni por el contrato firmado por el trabajador, aunque los convenios colectivos pueden mejorar esta cifra o, alternativamente, expresarla transformada en días laborables.
Lo habitual es encontrarse con empresas en las que se disponen de 30 días naturales, que se cuentan incluyendo domingos y festivos. Y empresas, con 22 días laborables, en los que solo se cuentan aquellos considerados laborables para la empresa. Todo ello sin perder de vista que, en España, los sábados se consideran días laborables, a no ser que el convenio colectivo que afecte al trabajado establezca lo contrario.
Cálculo de los días de vacaciones
En el caso del que el trabajador no trabaje un año completo, las vacaciones que le corresponden se pueden calcular de la siguiente forma:
- En el caso de que se trate de 30 días naturales, se divide entre 12 meses, resultando 2,5 días naturales de vacaciones por mes trabajado.
- En el caso de que se trata de 22 días laborables, se divide entre 12 meses, resultando 1,83 días laborables de vacaciones por mes trabajado.
A modo de ejemplo, con un contrato de 3 meses, si al año le corresponden 22 días laborales, por ese contrato nos corresponderían 5,49 días laborales (3 meses x 1,83 días), que siempre, en el caso de resultar días con decimales, se redondeará al alza, por lo que corresponden 6 días.
El cálculo es sencillo, si bien lo adecuado es a una asesoría de empresas para asegurarnos realizamos todo en base a la legalidad vigente.