Publicado el 23/01/2026 a las 01:42 pm
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En España, cada vez más emprendedores optan por montar su negocio en forma de sociedad. Según el INE, en 2024 se constituyeron 117.990 nuevas sociedades mercantiles, lo que representa un aumento del 9,1 % respecto al año anterior.
Muchos de esos emprendedores se convierten automáticamente en autónomos societarios, ya que administran su propia empresa y cotizan como autónomos, pero con la estructura jurídica de una sociedad. Pero, ¿pueden acceder a la tarifa plana de 80 euros al mes como el resto de autónomos?.
Durante años, la respuesta fue negativa, pero desde 2020 una sentencia del Tribunal Supremo abrió la puerta para que, en determinados casos, también les corresponda esta bonificación.
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¿El autónomo societario tiene tarifa plana? Sí, desde el 2020. Requisitos actuales y quiénes quedan fuera
Durante años, la tarifa plana fue un beneficio reservado solo a los autónomos persona física. Los autónomos societarios quedaban excluidos, aunque cotizaran igual -o más- que el resto.
Todo cambió en septiembre de 2020, cuando el Tribunal Supremo reconoció que la exclusión no tenía base legal y que estos profesionales también podían acceder a la bonificación inicial. Desde entonces, la Seguridad Social aplica la tarifa plana de 80 euros al mes a los nuevos autónomos societarios que cumplan las siguientes condiciones:
- Alta nueva o reanudación en el RETA. Solo se aplica si el alta es totalmente nueva o si el autónomo lleva al menos dos años sin cotizar en el régimen, que se convierten en tres si ya disfrutó de la tarifa plana antes. Esto evita que se repita el beneficio de forma continuada.
- Estar al corriente de pagos. No puede haber deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social.
- Funciones y control. La tarifa plana corresponde al autónomo societario con control efectivo de la sociedad, es decir, quien posee al menos el 25 % del capital y ejerce funciones de dirección o administración.
En resumen, el autónomo societario puede disfrutar de la misma tarifa plana que cualquier empresario individual, pero debe demostrar que su alta cumple los criterios de novedad, que no tiene deudas pendientes y que su posición en la empresa es la de socio administrador con control efectivo.
Cuantía y duración de la tarifa plana: 80 €/mes durante 12 meses ampliable a 24 si no superas el SMI
La tarifa plana del autónomo societario tiene la misma estructura que la de cualquier alta nueva en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). La cuota mensual reducida es de 80 € durante los primeros 12 meses, siempre que cumplas los requisitos que hemos visto anteriormente.
Posibilidad de ampliarla hasta 24 meses
Esta cuota de autónomo bonificada puede ampliarse un segundo año si los rendimientos netos anuales del autónomo no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025 se sitúa en 16.576 euros anuales distribuidos en 14 pagas de 1.184 euros.
Para verificar si se puede disfrutar de la ampliación, la Seguridad Social cruza los datos con la Agencia Tributaria al finalizar el primer año. Si tus ingresos anuales netos no superan el SMI se prolonga la bonificación.
Qué ocurre si superas el SMI a mitad de año
Si tus ingresos superan el umbral a lo largo del segundo año, no pierdes la bonificación retroactivamente. Simplemente, cuando la Administración compruebe los datos fiscales, te notificará la diferencia y tendrás que proceder a la devolución de las cuotas bonificadas que no correspondan.
Ten en cuenta que no es un error ni una sanción, se trata de un ajuste automático del sistema, habitual desde que la tarifa plana se vinculó al nivel de ingresos reales del autónomo. Por eso, es recomendable llevar un control de facturación y beneficios, para prever si compensa mantener la ampliación o comunicar voluntariamente la renuncia.
Cómo solicitarla paso a paso y sin errores: 036, TA.0521, elección de mutua y marcadores clave
Pedir la tarifa plana como autónomo societario no es complicado, pero sí requiere marcar correctamente cada casilla del alta. Un error mínimo puede hacer que la bonificación no se aplique desde el primer mes, y corregirlo después no siempre es sencillo.
El proceso se compone de dos trámites básicos:
- Alta en Hacienda (modelo 036 o 037). Aquí debes indicar el inicio de actividad de la sociedad y tu condición de socio administrador. Aporta el CIF de la empresa, la escritura de constitución y el nombramiento del administrador.
- Alta en la Seguridad Social (modelo TA.0521). En este formulario se especifica el tipo de autónomo. Es importante marcar la casilla autónomo societario y seleccionar la mutua colaboradora. Además, debes marcar el apartado de bonificación por inicio de actividad para que se aplique la tarifa plana automáticamente.
Checklist rápido para evitar errores
Este podría ser una lista de comprobación para no cometer errores:
- CIF y escritura de la sociedad listos.
- Modelo 036/037 presentado en Hacienda.
- Modelo TA.0521 presentado correctamente con la casilla de bonificación marcada.
- Confirmación de la mutua colaboradora.
- Comprobación de la primera cuota de la Seguridad Social, que debe reflejar los 80 euros.
Si todos los datos coinciden, la reducción se aplicará desde el primer mes. En caso contrario, puede reclamarse, pero conviene hacerlo cuanto antes para no perder la ayuda.
Casos especiales y dudas frecuentes
Aunque la aplicación de la tarifa plana para autónomos societarios parece sencilla, hay situaciones que generan confusión. Estas son las más habituales:
Retroactividad
En 2025 ya no puede reclamarse la tarifa plana con efectos retroactivos por altas anteriores a 2021, ya que ha pasado el plazo legal de prescripción de 4 años.
Pluriactividad
Si cotizas también en el Régimen General, puedes compatibilizar ambas cotizaciones. La Seguridad Social no deniega la tarifa plana por pluriactividad, pero las devoluciones automáticas por exceso de cotización se gestionan aparte.
Cambio de base o administrador
Modificar la base de cotización o sustituir al administrador no afecta a la bonificación si el alta inicial se mantiene vigente. Solo cambia si hay baja y nuevo alta en el RETA.
Socios trabajadores sin funciones de gestión
Si el socio no ejerce labores de administración ni tiene control efectivo, no se considera autónomo societario. En ese caso, su encuadre laboral será distinto y la tarifa plana no aplica.
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Dar de alta a un autónomo societario con tarifa plana puede parecer un trámite simple, pero un solo error en los formularios puede hacer que pierdas la bonificación durante meses. Por eso, lo ideal es revisar cada paso con un asesor especializado que confirme que el alta, los códigos y la documentación coinciden.
En Club de la Pyme ayudamos a gestionar altas societarias, verificando que la tarifa plana se aplique correctamente y que la empresa empiece su actividad con todos los registros en regla. Sin esperas, sin devoluciones de cuotas y con la tranquilidad de que todo está bien presentado desde el primer día.
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Apasionado por el mundo empresarial, cuento con más de 15 años de experiencia asesorando a emprendedores en la creación y desarrollo de sus negocios. Graduado en Administración y Dirección de Empresas, he ayudado a una amplia variedad de proyectos a definir sus modelos de negocio, evaluar su viabilidad y a desarrollar sus estrategias. Me encanta el aprendizaje continuo, la creatividad y el análisis crítico, lo que me permite compartir conocimientos y reflexiones en torno al mundo de los negocios.

