Publicado el 20/07/2023 a las 09:53 am. Última actualización el 24/11/2025 a las 09:44 am
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El proyecto de ley de familias
Este proyecto busca equiparar los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios. Estipula tres tipos de permiso para el cuidado de familiares o de convivientes, y amplía el concepto de familia numerosa.
Cuáles son sus puntos de mayor relevancia:
- Renta para la crianza. Será de 100 euros mensuales para las familias con hijos e hijas de 0 a 3 años. Las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo y las que coticen 30 días desde el parto también tendrán acceso a esta medida.
- Reformulación de las “familias numerosas”. Concretamente en dos casos:
- “Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza”. Se incluyen en este grupo, familias numerosas monoparentales con dos o más hijos y las que tengan dos hijos donde un ascendiente o descendiente, padezca una discapacidad.
- “Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial”. Se considerará familia numerosa de ‘categoría especial’ la que esté formada por cuatro hijos; la que tenga tres hijos y dos de ellos, como mínimo, procedan de un mismo parto (en lugar de cuatro, como actualmente); y las familias con tres hijos y bajos ingresos.
- En lo que respecta a la conciliación. Este proyecto de ley de familias, considera tres permisos de cuidados para el trabajador o la trabajadora.
- Permiso retribuido de cinco días al año. Para poder atender a un familiar hasta de segundo grado o un conviviente en caso de “accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo”. Para los empleados públicos. Si es un familiar de primer grado, el permiso será de cinco días; mientras que si es de segundo grado, será de cuatro días.
- Permiso retribuido de hasta cuatro días anuales por “causa de fuerza mayor”. Cuando sea necesario por “motivos familiares urgentes” en caso de enfermedad o de accidente. Este permiso se podrá disfrutar también por horas.
- Permiso parental no retribuido de un máximo de ocho semanas para trabajadores con hijos de hasta ocho años. Los padres y madres podrán utilizarlo de forma “continua o discontinua”.
- Otras medidas a considerar.
- Despido nulo. El proyecto incorpora como despido nulo el que se lleve a cabo contra trabajadores que estén haciendo uso de sus respectivos permisos de cuidados.
- Pensión de orfandad. Las administraciones competentes valorarán si se amplía la pensión o prestación de orfandad hasta los 26 años en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta ley.
- Permisos de nacimiento. El progenitor no gestante podrá anticipar en 10 días respecto al nacimiento de su hijo el comienzo de sus 16 semanas de permiso “con el objeto de cuidado de la madre biológica durante ese tiempo”.
- Diversidad familiar.
- Parejas de hecho. Las parejas de hecho tendrán derecho a los 15 días de permiso cuando formalicen su situación en el registro, al igual que los recién casados.
- Familias LGTBI. El proyecto de ley de familias crea un marco de reconocimiento y de protección para las familias LGTBI, que cuentan con algún miembro con discapacidad, las múltiples, las reconstituidas y las adoptivas o acogedoras.
- Familias múltiples. Se entiende como tal las familias integradas por “el nacimiento, la adopción o el acogimiento de dos o más niños o niñas o personas menores de edad de forma simultánea”. Estas serán consideradas como colectivo de ‘especial protección’. Por ejemplo, al tener esta condición, se les aplicará “tarifas especiales” en actividades educativas, culturales y deportivas.
- Familias adoptivas y de acogida. Extiende el subsidio por nacimiento y por cuidado no contributivo a las familias adoptivas y de acogida (siempre que, en este último caso, sea superior a un año).
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