¿Persona física o jurídica?

Tabla de contenidos

Publicado el 31/07/2023 a las 04:32 pm. Última actualización el 20/10/2025 a las 02:15 pm

Inicio » Asesoría » ¿Persona física o jurídica?

Tenemos la idea de negocio, nos decidimos a ir a por ella con todas las ganas del mundo, pero… Cómo la formalizamos, qué nos interesa más ¿persona física o jurídica? 

La respuesta a esta cuestión depende de distintos factores: De la actividad a la que se vaya a dedicar. La inversión a realizar y su financiación. Los beneficios previstos. Número de personas que participen en ella…

Como casi toda decisión en la vida, habrá que analizar ventajas Vs inconvenientes dentro de un marco que nos haga tomar la decisión adecuada.

  • Da el siguiente paso en tu negocio con el respaldo de profesionales.

👉Solicita tu asesoría en Club de la Pyme hoy mismo.

¿Qué debemos de considerar para tomar nuestra decisión?

  • Limitación de responsabilidad

En este sentido las sociedades mercantiles ganan la batalla ya que implican limitación de responsabilidad. Es decir la sociedad responderá de sus deudas y obligaciones con sus propios bienes, quedando su responsabilidad limitada siempre a su propio patrimonio. Excepto que se demuestre dolo o mala fe, por parte de los administradores, la responsabilidad podrá extenderse a éstos. Sin embargo, para el caso de una persona física no existe esta limitación, por lo que el empresario responderá con todos sus bienes presentes y futuros de las deudas y obligaciones que se produzcan en la gestión de su negocio, siendo de vital importancia en este caso protegerse con una póliza de responsabilidad civil.

  • Tipo de gravamen.

Para las sociedades, el impuesto a aplicar sobre los beneficios generados por nuestro negocio es fijo mientras que en el caso de un empresario al que se le aplique IRPF, este impuesto es de carácter progresivo. Esta progresividad del impuesto quiere decir que, a medida que aumenta el importe de los beneficios, también va aumentando el porcentaje que se aplica para calcular el impuesto.

  • Gastos y trámites.

La constitución y funcionamiento de una sociedad genera gastos más altos que en el caso de un empresario individual. Desde la constitución de la misma hasta cualquier modificación posterior de alguno de sus elementos esenciales (denominación, domicilio, actividad, cargo de administrador….) es necesaria escritura pública e inscripción en el registro mercantil, por lo que hay que hacer frente a los gastos de notaría y registro. Las sociedades están obligadas a cumplir y llevar una contabilidad con unos criterios y normativa más compleja que las personas físicas, lo que requiere personal más cualificado y, por tanto, unos costes mayores de gestión.

De manera genérica si nuestra idea es montar un negocio entre varios socios lo más conveniente sería optar por una persona jurídica, esto es crear una sociedad. Dejando y formalizando las cosas desde el inicio evitando posibles malentendidos de difícil solución en el futuro.

Entonces, ¿cuáles la diferencia entre persona física y jurídica?

La diferencia entre persona física y jurídica radica en que la primera hace referencia a un individuo con derechos y obligaciones propias, mientras que la segunda corresponde a una entidad creada por varias personas (como sociedades, asociaciones o fundaciones) que actúa de forma independiente de sus miembros. En términos legales y económicos, la persona física responde con su patrimonio personal de las deudas, mientras que la persona jurídica limita la responsabilidad a los bienes de la empresa.

  • Da el siguiente paso en tu negocio con el respaldo de profesionales.

👉Solicita tu asesoría en Club de la Pyme hoy mismo.

Club de la Pyme

En el Club de la Pyme ofrecemos soluciones globales para responder a cualquier necesidad que requiera tu negocio.

Artículos Relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

logo-asesorIA

¿Tienes dudas fiscales o laborales?

Consulta gratis con tu asesor por WhatsApp, al instante y 24/7.
Escanea el QR o haz clic aquí:

logo-asesorIA

¿Tienes dudas fiscales o laborales?

Consulta gratis con tu asesor por WhatsApp, al instante y 24/7.
Escanea el QR o haz clic aquí: