¿Cuáles son los trámites para ser autónomo en España?
Cuando un extranjero entra en España lo normal sea hacerlo de vacaciones, pero son muchos, los que después de ese periodo máximo de 90 días, quieren desarrollar una autoempleo siendo autónomo.
¿Se puede ser extranjero y emprender como autónomo? Si, si pero tienes que solicitar, antes que nada, la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
¿Cómo y dónde se solicita?
Se trata de una autorización de residencia temporal y trabajo a un extranjero no residente en España para la realización de una actividad económica por cuenta propia. Ésta se solicita en la Oficina consular española correspondiente al lugar de residencia del la persona en cuestión.
Es un trámite que lleva consigo mucha documentación ya que no solo se entregan acreditaciones personales relacionadas con el emprendedor, tal como pasaporte, titulaciones o antecedentes penales, sino que, además se debe acreditar la solvencia del proyecto empresarial, entregando el plan de negocio.Para la entrega del plan de negocio se establece que este esté visado por una asociación representativa de autónomos en España, como pudiera ser ATA, por lo que es conveniente, en primera instancia, contactar con ellas.
Requisitos para ser autónomo siendo extranjero
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea
- No encontrase irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
- Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
- Poder acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.
En Club de la Pyme, contamos con un servicio de Asesoría fiscal online, no dudes en contactarnos.