A finales de marzo de 2022, entró en vigor la última reforma laboral que trajo algunos cambios importantes en cuanto a los tipos de contratos de trabajo en España.
Estos últimos cambios en los contratos se recogen en el Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Las prórrogas en los contratos laborales, lo normal es que estén bastante limitadas por la normativa, ya que lo que se busca es o que sean indefinidos, o que en el caso de ser temporales o por una causa de justificación no se encadenen uno detrás del otro, utilizándolo, en ocasiones, de forma fraudulenta.
Veamos los distintos tipos de contratos vigentes, relacionados con la prórrogas que pueden tener:
Contrato de trabajo indefinido
Este contrato laboral es el que se firma sin establecer límites de tiempo en cuanto a la duración del contrato, en la prestación de los servicios.
Es el contrato estándar por defecto y tiene cláusulas que hacen que haya muchas variantes del contrato indefinido, como el contrato fijo discontinuo o los relacionados con ciertas bonificaciones que se pueden obtener por la contratación de personas con determinado perfil o colectivo, tales como desempleados o personas con discapacidad.
Como su nombre indica, es indefinido en el tiempo, por lo que no tiene fecha de fin, y por tanto, no tiene sentido hablar de prórrogas.
Contrato de trabajo temporal o de duración determinada
El contrato de trabajo temporal se acuerda entre empresario y trabajador por un tiempo determinado de duración y por causas justificadas, teniendo que acreditarse los motivos por los que se acude a este de contrato.
El contrato temporal, puede estar justificado por circunstancias de la producción o por sustitución de empleados, y puede celebrarse a jornada completa o parcial.
La duración del contrato por circunstancias de la producción no podrá ser superior a seis meses, si bien, por convenio colectivo de ámbito sectorial se podría establecer una duración máxima hasta un año.