Publicado el 03/10/2025 a las 02:53 pm
Inicio » Sin categoría » Convenio consultoría 2025: novedades clave del nuevo acuerdo laboral
El convenio consultoría 2025–2027, publicado en el BOE el 16 de abril de 2025, marca un antes y un después para las empresas de consultoría, tecnologías de la información, estudios de mercado y servicios de ingeniería aplicada.
Durante los próximos tres años será la norma que regule las relaciones laborales de un sector que emplea a cientos de miles de personas en España, desde consultores estratégicos hasta programadores, encuestadores o especialistas en ciberseguridad.
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¿A quién se aplica el XIX convenio de consultoría 2025–2027?
El XIX convenio sustituye al XVIII, que estuvo en vigor desde 2019, y entra en vigor de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2025. Su duración se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.
El ámbito funcional del convenio no se limita solo a la consultoría en un sentido genérico. Cubre a las empresa que prestan servicios de:
- Consultoría de negocio, organización y gestión, asesoramiento estratégico, procesos de reorganización, auditoría de sistemas y gestión del cambio.
- Servicios de tecnologías de la información (TI) que desarrollen software, mantenimiento de sistemas, outsourcing, servicios cloud, implantación de ERP y CRM, soporte técnico, helpdesk y ciberseguridad.
- Estudios de mercado y opinión pública, empresas de investigación de mercados, encuestadoras, trabajo de campo, call centers asociados a recogida de datos y análisis estadístico.
El convenio no se limita a las grandes multinacionales de consultoría. También afecta a pequeñas empresas, incluso los autónomos subcontratados dentro de proyectos pueden verse condicionados.
Cambios más relevantes del convenio consultoría 2025
Salario base y plus de convenio 2025
El convenio establece que las tablas salariales de 2025 entran en vigor el 1 de enero de 2025 y deben aplicarse a todo el personal afectado por el XIX Convenio.
Las empresas disponían de dos meses desde la publicación en el BOE para adaptar los salarios y aplicar el plus de convenio.
El plus de convenio se mantiene como cantidad consolidable y computable para pagas extraordinarias, garantizando que todo el personal perciba los mínimos establecidos independientemente del salario base de su categoría profesional.
Incrementos en 2026 y 2027 y revisión por IPC en 2028
El XIX Convenio fija subidas salariales adicionales durante los próximos años: 3 % en 2026 y 3 % en 2027. Además, se incorpora una cláusula de revisión por IPC acumulado en 2028. En la práctica, si la inflación supera el incremento acumulado pactado durante los tres años, las tablas salariales se actualizarán para preservar el poder adquisitivo de las personas trabajadoras.
Jornada laboral, vacaciones y jornada intensiva de agosto
El convenio mantiene la jornada anual de trabajo efectivo en 1.800 horas y regula las vacaciones en 23 días laborables al año, con posibilidad de fraccionamiento bajo acuerdo con la empresa.
Respecto a la jornada intensiva de agosto, se conserva la práctica habitual en el sector, permitiendo concentrar la jornada para facilitar la conciliación y la planificación de proyectos, aunque se recomienda revisar los acuerdos internos y pactos colectivos de empresa para adaptarse a lo dispuesto en la normativa laboral vigente.
Contratación: contratos temporales, fijos discontinuos, nuevos tipos
El texto del convenio incorpora la regulación de contratos fijos discontinuos para proyectos estacionales o con picos de actividad, por ejemplo, implantaciones de TI o estudios de mercado. Esto permite a las empresas organizar la plantilla de forma flexible respetando la normativa de contratación temporal.
También se recogen modalidades específicas para proyectos de consultoría y servicios profesionales, adaptadas a la reforma laboral de 2021, que limita el uso de contratos temporales y fomenta la estabilidad laboral.
Trabajo a distancia: compensación mensual y medios técnicos
El convenio establece una compensación de 17,68 € brutos al mes para cubrir los gastos derivados del teletrabajo, que se abonará desde la firma del convenio.
Asimismo, las empresas están obligadas a proporcionar los medios técnicos necesarios, incluyendo equipos informáticos, software y conexión segura, y a garantizar la desconexión digital fuera de la jornada laboral. Esta regulación permite armonizar la flexibilidad del teletrabajo con la protección de los derechos de los trabajadores
Novedades en categorías profesionales: Ciberseguridad y antigüedad
Creación del Área Funcional 5: Ciberseguridad
El XIX Convenio introduce una nueva área funcional dedicada a la ciberseguridad (Área 5), destinada a profesionales cuyas funciones se centren en la protección de sistemas digitales, gestión de incidentes de seguridad y diseño de planes de prevención y recuperación.
Nuevas tablas salariales específicas
Esta área cuenta con tablas salariales específicas, que incluyen incrementos adicionales sobre el 4% de subida general para 2025 (Nivel A, B y C: incremento del 15%, Nivel D: incremento del 13% y Nivel E: incremento del 10%). Estas subidas son superiores a las aplicadas en otras áreas del convenio y están diseñadas para reconocer la especialización y demanda del sector de la ciberseguridad.
Las tablas salariales para el Área 5 de Ciberseguridad se aplican con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025. Las empresas tienen un plazo de dos meses desde la publicación del convenio en el BOE para encuadrar a las personas trabajadoras afectadas en esta nueva área funcional y abonar los correspondientes atrasos salariales.
Bonificaciones por antigüedad y casos excepcionales
El XIX Convenio mantiene las bonificaciones por antigüedad, que se aplican según los criterios establecidos en el convenio anterior. Además, se contemplan casos excepcionales que pueden dar lugar a ajustes salariales adicionales, aunque estos casos deben ser evaluados y aprobados por la Comisión Mixta Paritaria del Convenio.
Cómo afecta este convenio a empresas y trabajadores del sector
Implicaciones prácticas: plazos para adaptar nóminas y contratos
Las empresas deben actualizar las nóminas con los nuevos salarios y pluses retroactivos desde el 1 de enero de 2025, y abonar las diferencias dentro de dos meses desde la publicación del BOE.
Se deben reclasificar todas las posiciones según las nuevas áreas funcionales, incluyendo la Área Funcional 5: Ciberseguridad, y reflejarlo en los contratos y en el sistema de nómina.
Para proyectos con personal temporal o fijo discontinuo, es clave revisar la duración y tipo de contrato frente a los límites legales y garantizar la documentación de la justificación del contrato.
Medidas de igualdad y diversidad (protección LGTBI)
El convenio incorpora un bloque específico en materia de igualdad: obliga a las empresas de más de 50 personas trabajadoras a disponer de un plan de igualdad y a integrar medidas de protección frente a la discriminación por orientación sexual, identidad de género y pertenencia al colectivo LGTBI. Esto convierte al convenio en una herramienta no solo laboral, sino también de cumplimiento normativo en materia de diversidad.
Recomendaciones prácticas para RR.HH. y asesorías jurídicas
Las empresas y sus respectivas asesorías pueden tomar medidas que aseguren el cumplimiento de este convenio colectivo de consultoría. Entre ellas puede realizarse:
- Un Checklist de adaptación de nóminas y contratos con un registro que detalle todos los empleados, su área funcional, salario, plus convenio y si hay diferencias a aplicar.
- Plan de comunicación interna para informar a la plantilla sobre los cambios salariales, categorizaciones nuevas y derechos de teletrabajo. Esto reduce reclamaciones y conflictos.
- Integración del Área Funcional 5, identificando los perfiles de ciberseguridad y ajustar su retribución según la tabla específica. Documentar todas las decisiones para auditoría futura.
- Seguimiento de contratos temporales y fijos discontinuos– Se puede mantener un registro de inicio, fin y justificación de cada contrato, asegurando cumplimiento de límites legales.
- Registro de compensaciones por teletrabajo donde se documenten los pagos mensuales y los medios técnicos proporcionados, para cumplir la obligación del convenio y proteger a la empresa ante inspección.
- Protocolos de igualdad y diversidad que incluyan procedimientos de denuncia, investigación y resolución de conflictos, así como métricas de seguimiento (por ejemplo, ratio de denuncias resueltas, brecha salarial por género/identidad).
Este XIX convenio de consultoría no solo fija salarios, sino que redefine la estructura laboral del sector durante tres años clave. Empresas y profesionales deben tener claro que los plazos de aplicación ya están vencidos y que las adaptaciones no son opcionales, sino de obligado cumplimiento para competir en un entorno cada vez más regulado y exigente.
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Apasionado por el mundo empresarial, cuento con más de 15 años de experiencia asesorando a emprendedores en la creación y desarrollo de sus negocios. Graduado en Administración y Dirección de Empresas, he ayudado a una amplia variedad de proyectos a definir sus modelos de negocio, evaluar su viabilidad y a desarrollar sus estrategias. Me encanta el aprendizaje continuo, la creatividad y el análisis crítico, lo que me permite compartir conocimientos y reflexiones en torno al mundo de los negocios.

