Cómo facturar sin ser autónomo

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Publicado el 29/11/2023 a las 10:36 am. Última actualización el 30/11/2023 a las 10:45 am

El mundo empresarial está lleno de oportunidades alejadas del trabajo convencional sin que éstas suponga un flujo de dinero suficiente como para tener tu propia empresa.

En este contexto, te pueden surgir colaboraciones, trabajos puntuales o esporádicos, o simplemente un trabajo que no es suficiente como para cumplir con todas las obligaciones como empresa.

En estos casos la pregunta habitual es cómo facturar sin ser autónomo.

¿Se puede hacer facturas y cobrar sin ser autónomo?

La respuesta simple es sí. Pero si profundizamos un poco, no está tan claro, porque no hay una norma que lo permita, lo que deja en una situación de riesgo a muchas personas que lo hacen.

La normativa que regula las altas en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA), es el Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, donde, en su artículos Segundo se establece el concepto de trabajador por cuenta propia o autónomo, definiéndolo como:

A los efectos de este régimen especial, se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas”.

La jurisprudencia, la habitabilidad y el SMI

Con esta definición en la mano, se olvida el aspecto más importante: cuánto dinero se gana con la actividad para saber si es viable o no, de forma que se puedan asumir todos los costes que derivan del alta de autónomo o de Hacienda.

Esta duda se ha resuelto históricamente en los juzgados, por denuncias de personas habían visto agraviadas por la decisión de la Seguridad Social de darles de alta de autónomo.

La jurisprudencia sentada en estos litigios se ha basado en discernir cuándo una actividad puede ser habitual. Se ha establecido en las sentencias que como no pueden determinar si se realiza un trabajo de forma habitual por el número de veces que se hace, lo hacen diciendo que es habitual si se supera el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), ya que supone el juez que el dinero recibido guarda relación con el tiempo invertido.

Por tanto, parece que si no se supera el SMI no es obligatorio darse de alta como autónomo para facturar, pero no olvides que lo mejor es consultar tu caso específico a la Seguridad Social, ya que en caso de sancionar tendrán que intentar ganarlo en un juicio.

Alta de autónomo, no ¿pero IRPF?

Para poder emitir una factura no solo afecta la Seguridad Social y el alta de autónomo que, como verás, dependerá de que apliques bien tu sentido común para saber si algo va a ser recurrente y de que la Seguridad Social no te inspeccione, sino también el IRPF o el IVA, según el caso.

Esto quiere decir que para emitir facturas debes estar dado de alta en Hacienda a través del modelo 037.

Este modelo no tiene coste, en él simplemente se declaran la fecha de inicio de la actividad, el epígrafe del IAE o actividad a la que te vas a dedicar y los datos fiscales.

El alta en la Agencia Tributaria y la realización de facturas lleva consigo una serie de trámites, como pueda ser la presentación de trimestrales del IRPF (modelo 130 o 131) e IVA (modelo 303). Y, como cualquier trámite, aparte de tener que pagar estos impuestos, seguramente tengas que incurrir en el coste de un asesor fiscal para presentar correctamente estas liquidaciones.

Es un tema que debes pensar bien, porque en el caso de que te des de alta a través del 036, la Seguridad Social, en el caso de estimar que debes darte de alta de autónomo, puede tirar hacia atrás y solicitarte el pago de todos los recibos desde la fecha de alta en Hacienda.

Con la cotización por ingresos reales se complica aún más

Si ya de por sí es difícil escapar a darse de alta como autónomo, con la llegada de la cotización y el pago de la cuota de autónomo según los ingresos reales de la actividad, se complica más al introducirse nuevas variables vinculadas al SMI.

En este sentido, en los tramos de rendimiento se han contemplado bases de cotización en tramos por debajo del SMI, lo que da pie a presuponer que aún cobrando menos de eso se debería dar de alta como autónomo.

Además, se ha vinculado el segundo año de la tarifa plana de autónomo a facturar por debajo de dicho SMI.

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